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PERIODISTAS DEL ESTADO CONTRA “HALCONEO”, BUSCAN AMPARO

CIUDAD DE MÉXICO, GUANAJUATO.- Periodistas del estado de Guanajuato, pertenecientes al Colectivo por la Libertad de Expresión, promovieron juicios de amparo en contra de la reforma al Código Penal, adicionando el delito de “halconeo”, el cual vulnera el derecho a la información y la labor periodística.

Cabe mencionar que el miércoles 31 de julio de 2019, el Congreso de Guanajuato aprobó un dictamen en el que se adiciona el artículo 222-b al Código Penal estatal que estableció el denominado delito de “halconeo”, que entró en vigor dos días después.

Lo anterior derivó de una iniciativa presentada por integrantes del PAN en marzo de este mismo año, teniendo como objetivo general combatir “conductas que trastocan y vulneran la tranquilidad de la sociedad” y “avanzar en la lucha contra las redes del crimen organizado”.

Al respecto, el artículo 222-b dispone que: “A quien realice cualquier acto tendente a obtener y proporcionar información sobre las actividades de los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública, procuración o administración de justicia, o de ejecución de penas para que se cometa cualquier hecho delictuoso o para entorpecer el cumplimiento de funciones de seguridad pública, procuración o impartición de justicia, o de ejecución de penas, se le impondrá prisión de dos a siete años y de veinte a setenta días de multa”.

De acuerdo a esto, el nuevo tipo penal carece de ser claro y preciso, violando así los principios de legalidad, seguridad jurídica y mínima intervención del derecho penal. A partir de ello, genera una disminución a las libertades de expresión e información, así como a la labor periodística.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, número 94/2019, por considerar que va en contra de los derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la información, así como la obligación de respetar y proteger los derechos humanos.

El Colectivo por la Libertad de Expresión en Guanajuato y ARTICLE 19, hicieron conjuntamente un total de tres juicios de amparo ante Juzgados de Distrito en Guanajuato, los cuales se han radicado en los Juzgados Primero, Décimo y Décimo segundo de Distrito, tanto en Guanajuato, como en León e Irapuato.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al analizar las Acciones de Inconstitucionalidad 11/2013 y 09/2014, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos declaró inconstitucionales tales delitos por su ambigüedad y vaguedad, dándole un peso a que constituyen una forma de persecución penal las libertades de expresión e información.

 

Asimismo, en 2015, la Primera Sala de la SCJN determinó en los amparos en revisión 482/2014 y 492/2014, promovidos por ARTICLE 19, que los principales destinatarios de este tipo de normas penales son las y los periodistas.

De esta manera, se pronunció sobre el “efecto inhibidor” que la mera vigencia de estos delitos provoca en la búsqueda, recopilación y difusión de información.

Ahora corresponde al Poder Judicial de la Federación analizar nuevamente este asunto, para tomar en cuenta los criterios emitidos por parte de la Suprema Corte de Justicia, sobre este delito y su impacto negativo en el derecho a la información.

 

Por tanto, desde el Colectivo por la Libertad de Expresión en Guanajuato y ARTICLE 19, busca hacer un exhorto a los Juzgados Primero, Décimo y Décimo segundo de Distrito en el estado de Guanajuato añadiendo también a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para continuar reforzando estándares protectores a la libertad de expresión y derecho a la información.

Cabe señalar, que el informe anual 2018: “Ante el silencio, ni borrón ni cuenta nueva” ARTICLE 19 documentó 25 agresiones a periodistas en la entidad.

 

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