DECIDE MÁRQUEZ ELIMINAR PASE AUTOMÁTICO DE ZAMARRIPA A FISCALÍA GENERAL
GUANAJUATO, GTO.- Siendo tema de debate nacional el modelo establecido para la designación del primer Fiscal General de la República, el gobernador Miguel Márquez presentará una iniciativa para efecto de elegir el Fiscal y que no se dé el pase automático.
Con lo anterior es posible que Carlos Zamarripa no se cuele en automático para este cargo, en el que podría estar hasta por nueve años.
Durante un comunicado nocturno, el Gobierno del Estado informó que aunque siempre ha sido y es respetuoso del Congreso del Estado y de la construcción de las instituciones, y ante la polémica nacional sobre la la designación del primer Fiscal General de la República, el titular del Poder Ejecutivo presentará una iniciativa para elegir al Fiscal General sin “pase automático”.
En 2018, la Procuraduría de Justicia del Estado se convertirá en la Fiscalía General del Estado y el nombramiento del titular, en teoría, estará a cargo del Congreso local.
Sin embargo, la reforma está vinculada a reformas federales en la material, por ello es que la transformación se dará hasta 2018.
De acuerdo con la reforma federal, la persona que ocupe la titularidad de la procuraduría de Justicia del Estado, será nombrado como fiscal general por un período de nueve años, sin posibilidad de reelección.
En su momento, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Libia Denniser García Muñoz Ledo, reconoció de que existe la posibilidad de que el actual procurador, Carlos Zamarripa Aguirre, pudiera ser ratificado.
Aunque para que esto pase, la declaratoria federal en la materia tendrían que darse antes de septiembre de 2018, mes cuando concluye la administración de Miguel Márquez Márquez.
Respecto al nombramiento del Fiscal General, se plantea un sistema de designación y remoción, bajo un procedimiento incluyente y que la permanencia en el mismo no dependa de la voluntad de un solo poder, pues se requerirá el apoyo de tres cuartas partes del Pleno del Congreso local para aprobar el nombramiento.
Se contempla que el Gobernador del Estado pueda intervenir en la designación del Fiscal General y removerlo, pero será el Congreso del Estado quien integre la lista de candidatos a ocupar dicho cargo; nombrar al servidor público y formular objeción a la remoción que del mismo haga el Ejecutivo Estatal.
Asimismo, se establece en la estructura de la Fiscalía General, la actualización de la figura de la fiscalía especializada en materia de combate a la corrupción.
También se prevé la obligación del Fiscal General de rendir ante los poderes del Estado un informe de actividades en forma anual, y la obligación de comparecer ante el Congreso del Estado cuando se le cite para efecto de rendir cuentas o bien para informar sobre su gestión.