IEEG NO DA MÁS PLAZO PARA FIRMAS NI REDUCCIÓN DE PADRÓN PARA INDEPENDIENTES
GUANAJUATO, GTO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato rechazó la solicitud de aspirantes a candidatos independientes para extender 15 días el tiempo de obtención de firmas y la reducción del padrón nominal exigido para la obtención de candidaturas.
Édgar Omar Chico Mercado, aspirante a candidato independiente para integrar el Ayuntamiento de León, Guanajuato, presentó el 9 de enero una solicitud para ampliar el plazo para recabar los apoyos ciudadanos por quince días más.
Por su parte, Francisco Arreguín Arreguín, representante legal de la Asociación civil denominada ‘Todos Somos Celaya’ que encabeza Javier Mendoza Márquez como aspirante a candidato independiente del Ayuntamiento de Celaya, solicitó el 13 de enero al IEEG una ampliación del plazo para recabar apoyo ciudadano hasta por quince días.
En el IEEG también se recibió el 11 de enero una solicitud hecha por el ciudadano Carlos Alejandro Montes de Oca Estrada, aspirante a candidato independiente para integrar el Ayuntamiento de León, Guanajuato, a través del cual solicitó reducir el 3% requerido de la lista nominal de electores y eliminar el 1.5% de la mitad de las secciones electorales, así como la ampliación del plazo para recabar los apoyos ciudadanos por tres semanas más.
Respecto a la ampliación del plazo para recabar apoyo ciudadano, el Consejo General del IEEG consideró improcedentes las peticiones presentadas, de acuerdo a la resolución INE/CG386/2017, que en su resolutivo primero, aprobó ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, así como para establecer las fechas para aprobación del registro de candidatas y candidatos por las autoridades competentes para los procesos electorales locales concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2018.
Precisó las fechas ajustadas por el órgano superior de dirección del Instituto Nacional Electoral, para quedar de la siguiente manera que la conclusión de los periodos para recabar apoyo ciudadano de las y los aspirantes a candidaturas independientes: 6 de febrero de 2018 (fecha máxima).
Esta resolución fue atendida por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato mediante acuerdo CGIEEG/045/2017, ajustando diversos plazos y modificando el Plan Integral y Calendario del Proceso Electoral Local 2017-2018 a celebrarse en el estado de Guanajuato.
Por lo tanto, no es procedente la petición de los solicitantes respecto de la ampliación del plazo para recabar el apoyo ciudadano, en virtud de que contraviene las disposiciones generales emitidas por el Instituto Nacional Electoral en ejercicio de su facultad de atracción, así como los principios de certeza y congruencia que revisten la integridad del proceso electoral.
En relación a la solicitud hecha por el ciudadano Carlos Alejandro Montes de Oca Estrada, es improcedente, debido a que el apoyo ciudadano es acorde con los principios constitucionales de equidad en la contienda, así como de igualdad de condiciones entre todos los participantes de un proceso electoral.
Cabe señalar que se trata de un requisito establecido en Ley, de tal suerte que el Instituto Electoral, si bien tiene competencia para desahogar dudas sobre la aplicación e interpretación de la ley, según el artículo 92, fracción XXVI, de la ley comicial local, no está facultado para realizar modificaciones a la misma, pues ésta es competencia exclusiva del Congreso del Estado de Guanajuato, en términos del artículo 63, fracción II de la Constitución Política el Estado de Guanajuato.