En los productos denominados como “queso” los principales incumplimientos detectados son:

  • Utilizar la leyenda “100% leche”, sin serlo.
  • Adicionar grasa vegetal para sustituir la leche que deberían contener en su elaboración.
  • Proporcionar un menor gramaje que el declarado en la etiqueta como “Contenido Neto”.
  • No informar en la superficie principal de exhibición el porcentaje de uso de caseinatos para la elaboración de queso.

Las marcas de los productos cuya comercialización se ha prohibido son: FUD, NOCHEBUENA, PREMIER PLUS CUADRITOS, ZWAN, CAPERUCITA, BURR, PRECISSIMO, FRANKLY, SELECTO BRAND, GALBANI, LALA, EL PARRAL, PORTALES, WALTER, SARGENTO, CREMERÍA COVADONGA, AURRERA y PHILADELPHIA.

En los productos denominados como “yogurt natural” los incumplimientos detectados son:

  • Adicionar azúcares.
  • No cumplir con el contenido mínimo de leche.

Las marcas de “yogurt natural” que han quedado prohibidas para su comercialización son: DANONE BENE GASTRO y DANONE NATURAL.

Adicionalmente, a los infractores se les impondrán las multas y medidas previstas en la Ley de Infraestructura de la Calidad.

La Secretaría de Economía y la Profeco continuarán con las tareas de verificación y vigilancia del mercado para garantizar que los productos y servicios ofrecidos cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas en protección a los derechos de los consumidores.